Son beneficiarios de la dotación las personas vinculadas mediante contrato de trabajo que devenguen un salario mensual, hasta dos (2) veces SMMLV ($2.600.000 en 2024)
Tiene derecho a la dotación, el trabajador que, a la fecha de entrega, haya cumplido mas de tres (3) meses de servicio al empleador.
Esta prohibido a los empleadores compensar en dinero obligaciones de suministrar la dotación
Fuente: Artículos 230 a 234 del CST.