Acceso al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales

Procedimiento para acceder al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales

10/4/20242 min read

Procedimiento para acceder al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales

· Los empleadores deberán presentar ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito en la que tengan el producto de depósito, los siguientes documentos y estas entidades de manera exclusiva adelantarán el proceso de verificación.

· El beneficiario del incentivo deberá cumplir, en cada ciclo de postulación, con este procedimiento en cada uno de los meses para los cuales se postula.

· Este procedimiento le permitirá al beneficiario la obtención de un incentivo mensual por cada trabajador adicional y lo podrá recibir hasta por veinticuatro (24) veces por cada nuevo empleo creado.

· Las entidades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito deberán verificar que el producto de depósito pertenezca al postulante y que se encuentra activo.

· Las entidades financieras y cooperativas de ahorro deberán informar la recepción de los documentos a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP.

· El acto de postularse implica la aceptación del beneficiario a las condiciones bajo las cuales se otorga el incentivo. Esta postulación no implica el derecho a recibir el Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.

· En caso de recibir el incentivo sin el cumplimiento de los requisitos establecidos y no lo informen a la entidad competente o lo reciban en forma fraudulenta, incurrirán en responsabilidades disciplinarias, fiscales y penales. La UGPP adelantara un proceso de cobro coactivo y aplicara el procedimiento y sanciones establecidas en el Estatuto Tributario para las devoluciones improcedentes.

Los documentos y algunas consideraciones establecidas por el Decreto 0533 de 2024 para la obtención del incentivo, son los siguientes:

1. El representante legal, la persona natural empleadora, deberá firmar la solicitud donde manifiesta su intensión de ser beneficiario del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.

2. Certificación firmada por el revisor fiscal o contador público en los casos que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, donde conste:

  • Que los empleados sobre los cuales se otorgue el incentivo recibieron el salario correspondiente a los meses anteriores a la postulación.

  • En los casos a que haya lugar; indicar que se han adelantado procesos de sustitución patronal, si esto sucedió a partir del mes de mayo de 2023.

  • Que, al momento, se hayan efectuado los pagos de seguridad social para el mes de mayo de 2023, para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.

3. Copia del Registro Único Tributario- RUT, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la postulación.