Acceso al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales
Procedimiento para acceder al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales
10/4/20242 min read


Procedimiento para acceder al Incentivo por la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales
· Los empleadores deberán presentar ante la entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito en la que tengan el producto de depósito, los siguientes documentos y estas entidades de manera exclusiva adelantarán el proceso de verificación.
· El beneficiario del incentivo deberá cumplir, en cada ciclo de postulación, con este procedimiento en cada uno de los meses para los cuales se postula.
· Este procedimiento le permitirá al beneficiario la obtención de un incentivo mensual por cada trabajador adicional y lo podrá recibir hasta por veinticuatro (24) veces por cada nuevo empleo creado.
· Las entidades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito deberán verificar que el producto de depósito pertenezca al postulante y que se encuentra activo.
· Las entidades financieras y cooperativas de ahorro deberán informar la recepción de los documentos a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP.
· El acto de postularse implica la aceptación del beneficiario a las condiciones bajo las cuales se otorga el incentivo. Esta postulación no implica el derecho a recibir el Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.
· En caso de recibir el incentivo sin el cumplimiento de los requisitos establecidos y no lo informen a la entidad competente o lo reciban en forma fraudulenta, incurrirán en responsabilidades disciplinarias, fiscales y penales. La UGPP adelantara un proceso de cobro coactivo y aplicara el procedimiento y sanciones establecidas en el Estatuto Tributario para las devoluciones improcedentes.
Los documentos y algunas consideraciones establecidas por el Decreto 0533 de 2024 para la obtención del incentivo, son los siguientes:
1. El representante legal, la persona natural empleadora, deberá firmar la solicitud donde manifiesta su intensión de ser beneficiario del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.
2. Certificación firmada por el revisor fiscal o contador público en los casos que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, donde conste:
Que los empleados sobre los cuales se otorgue el incentivo recibieron el salario correspondiente a los meses anteriores a la postulación.
En los casos a que haya lugar; indicar que se han adelantado procesos de sustitución patronal, si esto sucedió a partir del mes de mayo de 2023.
Que, al momento, se hayan efectuado los pagos de seguridad social para el mes de mayo de 2023, para todos los empleados que el empleador tuvo a dicha fecha.
3. Copia del Registro Único Tributario- RUT, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la postulación.
Si tiene una inquietud, nos quiere comentar sobre alguna situación o desea una propuesta de servicios, por favor envíenos un mensaje.
Contacto
SYT AUDIT BPO S.A.S.
Calle 127 A # 53 A - 45 Piso 7 Of. 139
Centro Empresarial Colpatria
Bogotá D.C., Colombia.
Términos y condiciones del portal www.syt.com.co
SYT Audit BPO S.A.S., es una sociedad por acciones simplificada, con domicilio en Bogotá D.C., Colombia, número de identificación tributaria NIT 901.595.761-8. Al enviarnos mensajes o correos sobre alguna inquietud, comentando alguna situación o solicitando información o propuestas autoriza el tratamiento de los datos personales que hayan sido suministrados.
Derechos de autor © 2024